La ley penaliza a los funcionarios públicos que realicen, por si o por interpósita persona, negociaciones incompatibles con sus cargos. Prácticamente desde el nacimiento del derecho penal moderno este delito forma parte del entramado punitivo de las repúblicas modernas y pretende asegurar la transparencia y el sometimiento a la ley de todos los agentes púbicos, incluidos los gobernantes.
Es cierto que, además del tipo penal, hace falta una justicia rápida, independiente y eficaz que investigue y asigne responsabilidades imponiendo penas y haciendo cesar el estado de sospecha que pesa sobre los imputados. Pero en cualquier caso, este delito tutela los altos intereses del Estado y de los ciudadanos.
Esta breve incursión en el campo del derecho penal me da pié para la siguiente pregunta: ¿Puede un particular que tiene pingues y multimillonarios negocios con el Estado ser elegido (o aspirar a serlo) gobernante de ese mismo Estado?
Los italianos debatieron esto a propósito de la postulación y ulterior elección del señor Berlusconi. Finalmente optaron por considerar compatibles los negocios preexistentes con la posterior candidatura. A mi entender, esta solución, pese a su efectiva o aparente validez constitucional, resintió a la democracia italiana. Afortunadamente sin llegar a suprimirla y sin afectar los controles republicanos que limitan el poder del Primer Ministro para profundizar sus negocios con el Estado.
Los salteños tendríamos que discutir este punto ante la irrupción de un nuevo candidato que tiene fantásticos negocios con la Provincia, localizados en el departamento de Anta. ¿Es legítima la candidatura de un ciudadano que obtuvo una concesión de cientos de miles de hectáreas del anterior Gobernador de Salta y que hoy ha sido puesta en cuestión por expertos y por la propia Legislatura?
¿Es jurídicamente admisible que una elección posterior borre los efectos de un negocio que hubiera resultado ilegal si el concesionario hubiera sido funcionario público al momento de la concesión? ¿No estaría obligado este concesionario a renunciar al beneficio antes de asumir su eventual cargo de Gobernador?
Saliendo del ámbito de lo jurídico, cabría preguntarse también si es moralmente válido o políticamente conveniente admitir esta incompatibilidad sobrevenida. Se trata de respuestas contra-mayoritarias, vale decir, de respuestas que no admiten ser modificadas por un hipotético voto mayoritario.
El problema que enfrentará el electorado salteño, es pues de gran relevancia. Con el añadido de que, a diferencia del caso italiano, nuestra Provincia no cuenta con herramientas de control para evitar o sancionar sucesivas negociaciones incompatibles con la función pública.
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