José Armando Caro Figueroa
Ex Secretario de Trabajo de la Argentina
(Artículo escrito en 1988)
Entiendo que la mejor forma de responder al tema propuesto por FLACSO es, en una exposición necesariamente breve, marcar los rasgos más sobresalientes de las políticas laborales públicas durante la transición democrática argentina.
Pasando revista, de un nodo más próximo a un inventario que un balance acabado y general, respecto de aquello que el Gobierno del Presidente Alfonsín hizo, intentó hacer o dejó de hacer durante los primeros años de su mandato (1984/88).
Lo que no excluye la formulación de apreciaciones valorativas respecto de las actitudes del Gobierno, de la oposición política y del aparato sindical, aunque -en todo caso- serán ellas marginales. Los apuntes y reflexiones que siguen estarán centrados, como dije en las políticas laborales públicas.
1.- LA "CONSTITUCIÓN" DEL SISTEMA ARGENTINO DE RELACIONES DE TRABAJO
El sistema de relaciones de trabajo (SART) que encontró el Gobierno democrático del Presidente Alfonsín era, en lo sustancial, el mismo que 40 años atrás diseñara el General Perón, aun considerando las distorsiones que en algunos de sus aspectos introdujera la dictadura militar.
Eran las mismas las normas jurídicas, las ideas dominantes, las construcciones científicas, las expectativas, los instrumentos, las actitudes y los comportamientos de los actores (entre los que incluyo la burocracia administrativa afectada al área laboral).
Entre 1976/1986 el poder militar reformuló buena parte del marco jurídico del SART, con la intención de debilitar, y en todo caso domesticar, al movimiento sindical; especialmente a nivel de fábricas y centros de trabajo.
El control de los aparatos sindicales de ámbito superior a través de la imposición de conducciones afines, era otro de los objetivos de la dictadura militar que, salvo excepciones, no pudo concretar.
Sin duda, las reformas de este período sumaban a la ilegitimidad por su origen, la presencia de contenidos no democráticos.
Buena parte de los primero cuatro años de transición se consumieron en la búsqueda de acuerdos que permitieran, por un lado, devolver los sindicatos a los trabajadores, garantizándoles la posibilidad de elegir democráticamente a sus representantes y, por otro, definir un nuevo marco jurídico compatible con los principios constitucionales y con la nueva situación política argentina.
La primera cuestión, la llamada "normalización sindical", dio origen a conflictos y debates que, vistos desde el presente, se me ocurren poco conducentes y algo desproporcionados. Lo concreto es que, hacia 1986, la dirección de todos los sindicatos con "personería gremial" (incluida la C.G.T.) habla retornado a las manos de representantes de los trabajadores, con un mas que aceptable nivel de normalidad democrática en relación con los precedentes históricos. Lo cual debe contabilizarse como un dato indudablemente positivo, atribuible -desde luego-, no solo a la voluntad del Gobierno.
La segunda cuestión, referida a la definición de los principios básicos y de las normas estatales reguladoras de los derechos colectivos fundamentales (libertad sindical, huelga, negociación colectiva, participación de los trabajadores), fue igualmente causa de agudos conflictos entre el Gobierno radical y la dirección sindical peronista.
En el accionar del Gobierno respecto de ambas cuestiones, es posible identificar, con cierta nitidez, tres grandes etapas que, un poco con finalidad expositiva y otro poco con intención valorativa, denominarla respectivamente, "intento de ruptura", "intento de reforma" y "restauración".
1.1 El "intento de ruptura"
poco de asumir su cargo, el Presidente Alfonsín envió al Congreso un Proyecto de Ley de "Reordenamiento Sindical", conocido como "Proyecto Mucci" en alusión al entonces Ministro de Trabajo.
Este Proyecto fue recibido con una fuerte oposición por parte del sindicalismo peronista y su brazo político, el Partido Justicialista, que veían en el un intento de "desperonizar" a los sindicatos y quebrar algunos de los ejes del modelo laboral/sindical histórico.
Después de cinco años y con una cierta dosis de objetividad, es posible concluir que el "Proyecto Mucci" fue sobrevalorado por todos los actores. No estaba en la intención declarada por el Gobierno el romper con el modelo peronista, ni era posible deducir tal intención de un texto que reconocía expresamente las "bondades" del modelo de sindicato único con "personería gremial" otorgada por el Estado.
Más aún, aunque hubiere existido tal intencionalidad, el instrumento normativo propuesto era incapaz de provocar una transformación sustancial en materia sindical.
¿Qué proponía el "Proyecto Mucci'? Pues sencillamente la introducción de las minorías significativas en las direcciones sindicales, un conjunto de garantías democráticas para las elecciones internas, y normes transitorias para resolver los problemas que lo existencia de conducciones fruto de decisiones administrativas de la dictadura, planteaba.
El "Proyecto Mucci", dejando de lado lo estrictamente electoral, solo con tenía un par de innovaciones interesantes, pero de todas maneras inviables dada su defectuosa formulación.
La primera, pretendía vincular (o subordinar) la elección de "comisiones directivas" sindicales a la elección de "delegados de fábrica” y "comisiones internas" sindicales.
La segunda apuntaba a potenciar la forma federativa respecto de la forma "unión"(verdadero anacronismo estructural de nuestros sindicatos).
La primera iniciativa, justificada por la mayoría radical en el Parlamento con apelaciones reiteradas en favor de "las bases" obreras, era inviable en atención a la inexistencia de vínculos orgánicos entre aquellas comisiones directivas (aparato sindical interno) y estos "delegados" (aparato sindical externo).
La segunda, puede estimarse contraria al derecho de auto organización, que integra el contenido esencial de la libertad sindical.
Y punto. Nada mas aportaba el "Proyecto Mucci". Los debates sobre politizados y grandilocuentes, y las pujas marcadas por las reciprocas desconfianzas, terminaron centrándose en quién y con qué facultades controlaría el aparato sindical mientras el proceso electoral interno se desarrollaba
Un trámite parlamentarlo cargado de imprecisiones y en el cual loa dos partidos mayoritarios coincidían en el modelo de sindicato único y en declamar su «pego a la libertad sindical y a la democracia, concluyó con el rechazo del "Proyecto Mucci".
Como balance de esta etapa, puede decirse que el Gobierno tenía la firme decisión de introducir cambios en el modelo sindical, de corregir corruptelas y resituar a los sindicatos dentro del papel y los códigos de conducta propios de los Estados democráticos modernos. Pero, a mi entender, planteó mal la batalla y diseñó mal los instrumentos.
Aun cuando hubiera logrado que el "Proyecto Mucci" se aprobara, el mapa y los comportamientos sindicales hubieran sido sustancialmente similares a
los de estos cinco años.
El Gobierno del Presidente ALFONSÍN, en un terreno que -a juzgar por los contenidos de la campaña electoral de 1983-, se encontraba especialmente legitimado para impulsar cambios, perdió una oportunidad, difícilmente repetible, de dejar atrás enclaves corporativos e incorporar plenamente a los sindicatos al entramado de una democracia pluralista y participativa.
Hay que decir también que el Gobierno no disponía, para el resto de las cuestiones que aquí denominamos "constituyentes", de propuestas claras, concretas y viables; de propuestas propias y suficientemente distintas de las propuestas restauradoras del peronismo que, a tenor del debate parlamentario de Febrero de 1984, ejercía una suerte de seducción sobre los legisladores radicales.
1.2 El "intento de reforma"
Agotado prontamente el inviable intento rupturista, un nuevo Ministro de Trabajo (Juan Manuel CASELLA) será el encargado de consensuar con el sindicalismo peronista tradicional una norma de transición que regulara, con un mínimo de garantías, las elecciones sindicales.
Más adelante, hacia 1985 y bajo la dirección del Ministro de Trabajo Hugo BARRIONUEVO, el Gobierno pondrá en marcha un ambicioso programa reformista, cuyos objetivos globales no logrará, empero, alcanzar. Bien es verdad que puede valorarse como positivo el solo hecho de que el equipo gobernante lograse configurar una propuesta innovadora y comprensiva de las principales cuestiones de política laboral.
Permítanme señalar aquí que, respecto de esta etapa, es notorio que me comprenden las generales de la ley, pues me tocó colaborar con el Gobierno, en un periodo sin duda difícil, integrando el equipo del Ministro BARRIONUEVO.
El discurso del Presidente ALFONSÍN en "Parque Norte" y su Mensaje a la Asamblea Legislativa el 1° de Mayo de 1986, definen los puntos basaos dela propuesta reformista cuyos explícitos objetivos eran: “1.- Democratizar y reconvertir el Sistema de Relaciones del Trabajo; 2.- Modernizar su marco jurídico; 3.- Definir y ejecutar la Política Socio-laboral en armonía con las demás políticas del Gobierno y, en especial, con la política económica; 4.- Modernizar, reconvertir y lograr el funcionamiento eficaz del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social".
En la Asamblea Legislativa de 1986, el Presidente afirmaba que "es imperioso impulsar un debate profundo sobre el sistema vigente de relaciones de trabajo, severamente criticado por trabajadores y empresarios en infinidad de oportunidades...nuestro sistema de relaciones de trabajo resulta obsoleto porque fue concebido para afrontar las exigencias de las primeras fases del desarrollo y hoy se ve sobrepasado por las transformaciones en curso en la organización productiva. Combina, además, el paternalismo estatal con el autoritarismo represor de la libertad sindical, en una conjunción que genera comportamientos corporativos... La reforma que aspiramos tiende a reconvertir y democratizar en forma armónica e integral el sistema de relaciones de trabajo, a definir nuevos instrumentos de legislación laboral exigidos por la modernización del aparato productivo y a dotar de mayor eficiencia al MTSS".
El propio Alfonsín proponía mas adelante "desmontar las rigideces que traban el funcionamiento de la economía y ampliar el espacio de las garantías contractuales con base en la negociación colectiva, sin erosionar en ningún caso los genuinos derechos de las fuerzas laborales".
La "etapa Mucci" habla puesto de manifiesto, entre otros elementos, la debilidad parlamentarla del Gobierno (carecía de los votos necesarios para obtener la sanción de sus iniciativas socio-laborales), y la estrategia de confrontación del sindicalismo peronista reunificado contra el Gobierno y mas atento a los efectos políticos de su prédica que a los problemas concretos de la transición y a los intereses también concretos de los trabajadores.
La situación social y parlamentarla hacían imprescindible, al menos lo era para el Gobierno, la búsqueda de acuerdos con el sindicalismo peronista que, por ese entonces, había revalidado su supremacía en el campo sindical y su absoluto control sobre los grupos parlamentarios justicialistas.
El consenso era necesario para aprobar las leyes reformistas, tanto como para implementar con probabilidades de éxito, la estrategia también reformista del nuevo equipo económico que encabezaba Jun SOURROULLIE.
Sin entrar aquí en el análisis de motivaciones y responsabilidades, el hecho concreto es que el Gobierno no logró el consenso que necesitaba y ello hecho por tierra la operación reformista, pese a que en un determinado momento (Diciembre de 1986), estuvo a punto de lograrlo con el peronismo "renovador" y su "referente" sindical, el denominado “Grupo de los 25".
Si bien grandes eran las distancias que separaban la etapa "reformista” de la “rupturista", lo cierto es que ambas partían de un importantísimo acercamiento del radicalismo al peronismo: la aceptación del modelo de sindicato único que contemplaba la Plataforma Electoral de la UCR. No obstante la trascendencia de este giro, el peronismo sindical no encontró en él, ni en otras concesiones del Gobierno, razones suficientes para ingresar con todas sus consecuencias en una etapa de consenso efectivo.
La reforma laboral del Gobierno, contemplaba dos tramos: el primero, comprendía los aspectos "constituyentes" del SART y el segundo, estaba referido a lo que denominamos aspectos "laboral-económicos".
Del primer tema alcanzaron estado parlamentario Proyectos de Leyes sobre negociación colectiva, participación de los trabajadores en las empresas del Estado, participación Informativa y consultiva de los trabajadores en la empresa y Fondo de Garantía de Créditos Laborales.
Aun cuando no llegaron a alcanzar estado parlamentarlo, el Gobierno había definido lineamientos básicos de la Ley sindical, regulación del derecho de huelga, condiciones de trabajo y salud laboral y Estatuto del Peón.
Por otra parte, continuando con una voluntad política presente desde el inicio de la transición, el Gobierno impulsó la ratificación de Pactos y Convenios internacionales de evidente significación en el terreno delas relaciones de trabajo, quebrando con la tendencia (no exclusiva dala última dictadura militar) al aislamiento de Argentina respecto de los avances internacionales en esta materia. Varios Convenios de la OIT y los importantísimos "Pactos de Nueva York" se incorporaron a nuestro ordena-miento jurídico; aunque, a decir verdad, la ratificación parlamentarla no bastó para que los derechos, instituciones y criterios contenidos en estos instrumentos se Incorporaran de inmediato a nuestras prácticas cotidianas. Pero hay en estas ratificaciones un dato positivo que vale la pena destacar aquí.
Dejamos para más adelante el análisis de otros elementos de la etapa reformista. Una etapa que, desde mi punto de vista, dejó de positivo el esfuerzo de elaboración de una propuesta global e innovadora y la apertura -pese a "ruidos" e "interferencias"- de un debate sobre el futuro del Sistema Argentino de Relaciones de Trabajo. Aunque si, el análisis se efectúa solo desde la óptica del consenso político y social efectivo y de sus resultados legislativos, el balance tiende a cambiar de signo.
1.3 La restauración
No están aun suficientemente claras las razones que llevaron al Gobierno del Presidente ALFONSÍN a cerrar precipitadamente un acuerdo con el denominado "Grupo de los 15" que, sin olvidar la presencia de figuras "renovadoras", reunía a los sectores mas tradicionales y ortodoxos del sindicalismo peronista algunos de cuyos líderes habían mantenido relaciones mas que amistosas con la dictadura militar.
Fue una operación (a la que yo califiqué en su día de "acuerdo sin programa") que terminó en un estrepitoso fracaso político para el Gobierno radical que vio descender su credibilidad en importantes segmentos de la opinión política.
Aunque sin atribuirle responsabilidad exclusiva en loe resultados, cabe recordar que la "operación Alderete" se concretó antes de la derrota electoral del radicalismo el 6 de Setiembre de 1987.
Es preciso reconocer que, si algo caracterizó a la dirección sindical /peronista durante le transición, fue su coherencia a la hora de defender la restauración Integra del modelo peronista de relaciones de trabajo, tal y como fue concebido y llevado a la practica entre 1945/55, con los ajustes" de 1973/76.
El acuerdo con el "Grupo de los 15" representó la elección por el Gobierno de un interlocutor (y, en cierta medida, un socio) caracterizado por la defensa sin concesiones de las normas y comportamientos consustanciales al modelo peronista. De allí que, así como sorprendía la decisión del Gobierno, no podía sorprender la actitud del Ministro Alderete y del sector sindical que le apoyaba, en materia política y en materia laboral.
La "gestión ALDERETE" tuvo tres ejes principales: a) Jaquear a la conducción económica y su propuesta, el "plan austral" (aunque sin romper definitivamente con ella, arrancándole concesiones en las empresas del Estado); b) Consolidar, resoluciones administrativas mediante, a los aparatos y a las estructuras sindicales afines; c) Poner en marcha el proceso de restauración normativa que luego culminaría el Ministro Tonelli.
El sindicalismo peronista, con un mínimo costo, alcanzó la mayoría de sus objetivos y logró, por añadidura, que el Gobierno democrático del Presidente ALFONSÍN otorgara un "plus" de legitimidad a su modelo e instrumentos.
El revés electoral de 1967 terminó por vencer las resistencias (diríase que desorientó al Gobierno) del Gobierno cuyo impulso reformista se apagaba día a día; ello permitió el éxito de la operación restauradora.
El Parlamento sancionó el llamado "Proyecto BRITOS" de Ley Sindical (que incorporaba algunos avances democratizadores, atribuibles -en buena medida- a la lucidez y perseverancia política de su auténtico inspirador, el Dr. Enrique RODRÍGUEZ), resolvió los problemas patrimoniales de los sindicatos, reimplantó la Ley de negociación colectiva (en lo sustancial siguiendo el esquema de la ley del período peronista), sentó las bases para que los sindicatos "recuperaran" las Obras Sociales, según los lineamientos de la norma "concedida" a finales de los años 60 por la dictadura militar de entonces y logró sancionar una norma para “facilitar” al aparto la recaudación de las cuotas de afiliados, en abierta contradicción con los principios de libertad sindical con las prácticas de las organizaciones de trabajadores en los países democráticos.
2.- LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
Los cinco años de transición no alcanzaron para poner en funcionamiento en esquema de negociación colectiva plena; hecho respecto del cual, comparten responsabilidades Gobierno y sindicato.
La presencia permanente del Estado (unas veces impuesta por los rigores de la crisis y otras por temores exagerados sobre los efectos macroeconómicos de la negociación colectiva), la acendrada vocación autoritaria de los sectores mas representativos de nuestra patronal y la propia in-capacidad de los sindicatos para ejercer su autonomía y abrir espacios de negociación, preocupado» como estaban por la confrontación política, explican aquel déficit.
Existieron, si, negociaciones salariales formales unas veces e informales las más, dentro del marco de una política gubernamental en la cual es posible identificar cuatro etapas:
a)"Intervencionismo rígido": en la cual el Estado, haciendo uso de los poderes que le otorgaba la legislación heredada de la dictadura definía las líneas de ajuste y crecimiento de los salarios en unción de la inflación. Una política salarial que podríamos calificar de intervenida y centralizada (en lo formal) y de voluntarista e ineficaz (en lo sustancial), caracterizó la etapa del Ministro GRINSPUN. Este intervencionismo no era bastante para impedir negociaciones colectivas informales, ni para limitar los márgenes de discrecionalidad que conservaban ciertas empresas, lo que era posible, además, dado el carácter "cerrado" de la economía argentina.
b)"Intervencionismo flexible": El Gobierno inaugura en 1986 (y es otro logro de la etapa "reformista) un sistema descentralizado y relativamente autónomo de fijación de salarlos, dentro de una "banda" construida alrededor de la inflación esperada. Lo que le permitía mantener un control considerable sobre los salarios, que venia a sumarse al control que ejercía sobre la casi totalidad de los precios de la economía. Hay que decir que la fijación de las "pautas" salariales se realizó de modo unilateral solo una vez fracasadas las conversaciones con los sindicatos convocados por el Gobierno para intentar consensuar la política salarial.
El sistema, pese a las dificultades y ciertas deficiencias de implementación, sirvió para clarificar las reglas de juego y, en los hechos, logró funcionar pese al rechazo de la cúpula confederal de los sindicatos. La práctica totalidad de las unidades de negociación "vivas" se ajustaron al mecanismo, pactaron salarlos dentro de la "banda" e insertaron la clausula de paz social.
Aunque sin la pretensión de presentar vinculaciones mecánicas, lo cierto es que en el período la inflación descendió, mejoró al poder adquisitivo de los salarios, creció el empleo y el producto. Por su parte la conflictividad laboral cuantitativamente se mantuvo en niveles tolerables y cualitativamente registró una cierta "despolitización" al ceder algunas presiones sobre el Gobierno y trasladarse al sistema de empresas,
c)"Intervencionismo rígido": La incorporación del Ministro ALDERETE impulsa el retorno a un mayor intervencionismo del Estado en materia de salarlos. Los sindicatos operan demandando el arbitraje del Estado, en una suerte de "gran paritaria" a dos bandas donde el Ministro de Economía "representa" al sistema de empresas y sus posibilidades y el Ministro de Trabajo representa" al aparato sindical y a las reivindicaciones obreras. Lo que dé origen a un insólito espectáculo de corporativización y segmentación del Gobierno.
Los sindicatos consiguen ciertos logros en materia de centralización formal del conflicto, pero los salarios reales pierden poder adquisitivo. La conducción económica, quizás como forma de afrontar las presiones sindícales, aceleró la liberalización de los precios, en una política que se mantuvo durante el siguiente periodo.
d)"Autonomía": La promulgación de las leyes sobre negociación colectiva no produjo, al menos de momento, los efectos esperados por sus impulsores ni por sus detractores. No hubo "estallido" de la conflictividad. No se logró generalizar, ni menos enriquecer los contenidos de la negociación colectiva.
Los primeros resultados de las negociaciones salariales "libres", en el marco estructural de convenios centralizados, desinterés sindical por la medidas antinflacionarias y ámbitos anacrónicos, indican que los salarios continúan perdiendo poder adquisitivo.
Aun reconociendo las insuficiencias de un Consejo cuya norma reguladora es francamente obsoleta, cabe consignar como dato positivo del segundo tramo de la que denominamos "etapa restauradora", la puesta en marcha del Consejo tripartito del Salario Vital, Mínimo y Móvil, siguiendo al esquema normativo de la Ley promulgada en su día por el Presidente ILLIA.
Antes de concluir este apartado, me parece oportuno señalar que quedan fuera del análisis de la negociación colectiva durante la transición los reiterados intentos de "concertación social" impulsados por el Gobierno siguiendo modelos diferentes sucesivos, aun cuando todos terminaron fracasando.
3. LOS CONFLICTOS COLECTIVOS
No es posible realizar aquí un análisis detenido acerca de la conflictividad laboral durante el periodo 1984/88 tomado como referencia. Quisiera solo destacar dos elementos. De un lado, el escrupuloso respeto del derecho de huelga por parte del Gobierno; de otro, ciertos abusos registrados en su ejercicio por parte de los sindicatos.
Aun cuando el Gobierno, promediando la "etapa reformista”, comenzó a hablar sobre los límites del derecho de huelga proponiendo un debate sobre su extensión y sus relaciones con otros derechos fundamentales de superior o idéntica jerarquía constitucional, lo cierto es que no concretó sus anuncios reguladores y renunció, incluso, a utilizar el mas que suficiente arsenal jurídico "anti-huelgas" heredado de anteriores períodos peronistas (ley de arbitraje obligatorio, por ejemplo) o dictatoriales.
La convocatoria a 13 huelgas generales contra las políticas del Gobierno, la inexistencia de códigos sindicales de conducta en materia de huelga y la recurrencia en llevar adelante huelgas sin garantizar la prestación de servicios esenciales de la comunidad, son algunos de los elementos qua explican mi calificación de ciertos comportamientos sindicales, como abusivos.
La sobre politización de los conflictos, su agudización en el sector de servicios y demás empresas públicas y la "articulación" de medidas de presión (resultado de la estructura "gremial" o "por oficios" y de la fragmentación funcional de nuestros sindicatos únicos), son las últimas características que quiero resaltar respecto de la conflictividad en el período.
4.- EVOLUCIÓN DE LAS ESTRUCTURAS SINDICALES
Seguramente en los países donde rige la libertad sindical en su significado mas preciso, no se encontraran relaciones directas entre políticas públicas y estructura sindical. Sin embargo, sí existen en modelos como el argentino donde el otorgamiento de "personería" y la resolución de conflictos de "encuadramiento" (por citar solo dos de los datos más significativos) ponen en manos de los Gobiernos un considerable poder sobre la configuración de la estructura de los sindicatos.
A una primera etapa de claro enfrentamiento entre el Ministerio de Trabajo y las direcciones sindicales en la que el Gobierno mantenía su independencia de criterio a la hora de ejercer los poderes de intervención, llegando a admitir peticiones (de personería, inscripciones o encuadramientos) que contrariaban los deseos o intereses del aparato sindical tradicional, siguió un lento deslizamiento hacia actitudes mas favorables a acceder a esos deseos y contemplar esos intereses.
Un seguimiento detenido de las decisiones administrativas en materia de inscripciones y "personerías gremiales", encuadramientos, autorizaciones para la retención de cuotas, controles de gestión patrimonial, conflictos electorales y reconocimiento de legitimación para negociar colectivamente, confirmará la afirmación inicial.
Aun cuando en líneas generales pueda estimarse que el Gobierno respetó y trató de hacer respetar la legalidad y los principios democráticos, es también cierto que -en ocasiones- se denegaron personerías, se paralizaron inscripciones, se autorizaron cuotas o se resolvieron contiendas internas atendiendo a los intereses de la dirección sindical peronista.
A este respecto es útil recordar que solo hacia el final de la "etapa reformista” (último trimestre de 1986 y primero de 1987) el Gobierno logró
unificar criterios objetivos respecto del ejercicio de estas facultades administrativas y comenzaron a despacharse algunas de las cinco mil solicitudes de inscripción o personerías que se encontraban paralizadas con grave daño al principio de libertad sindical.
Obviamente la influencia sindical se amplificó durante la etapa "restauradora". Parece conveniente, no obstante, insistir en que la devolución de los sindicatos (incluida la propia Confederación única) a representantes elegidos, con un mínimo de garantías, por los trabajadores afiliados, es un logro indudable de la gestión del Gobierno que, también es bueno de cirio, supo rechazar la tentación de "meter mano" en las internas en busca de resultados favorables desde una óptica partidista.
5.- POLÍTICA DE EMPLEO
Ciertamente el Gobierno de la UCR no tuvo una Política de Empleo que por su globalidad y coherencia merezca el calificativo de tal. Sin entrar en el análisis de los indicadores sobre población activa, empleo y desempleo, sí me interesan destacar algunas medidas concretas tomadas en este período.
a) Desempleo: Hacía 1984 el Gobierno implementó, con cargo a las Cajas de Asignaciones Familiares, un conjunto limitado de prestaciones (económicas y médico-asistenciales) en favor de los desempleados, dando cobertura a unos 50.000 trabajadores por año.
b) Suspensiones y despidos por crisis: También durante la etapa reformista, el Gobierno instrumentó un "procedimiento de crisis" que permitió un cierto control y racionalización de las suspensiones y despidos colectivos por crisis económicas o tecnológicas, dando intervención a los representantes de los trabajadores y a la propia autoridad administrativa del trabajo.
c) Garantía de salarios: El Gobierno, que antes había vetado una iniciativa sobre el tema, logra que se sanciona la Ley de creación del Fondo de Garantía de Créditos Laborales, según el texto elaborado durante el periodo "reformista". Inexplicablemente este instrumento de solidaridad y racionalización de los conflictos, no ha sido puesto en marcha aún.
d)Empresas de Servicios Eventuales: Sucesivos decretos fueron definiendo criterios de actuación de las E.S.E. y, al menos hasta Marzo da 1987, la política oficial se orientó a controlar abusos, sanear el sector dotándole de transparencia y tutelar los derechos de los trabajadora en un sector altamente conflictivo donde proliferan relaciones laborales informales, cuando no directamente fraudulentas.
e) Medidas de fomento del empleo: Recientemente el Gobierno y en el área del Ministerio de Salud y Acción Social, ha implementado programas de fomento del empleo con ayudas económicas (no se conocen entro nosotros otras técnicas) a cooperativas, microempresas y profesionales que desean asentarse en el interior del país. Anteriormente solo existían algunos programas respecto de las cooperativas de trabajo, en el área de la Secretaría de Acción Cooperativa.
6.- LOS VETOS PRESIDENCIALES
En 1985 el Presidente Alfonsín debió apelar a su poder constitucional de veto para frenar veinte iniciativas parlamentarias con incidencia en el terreno delas relaciones de trabajo. La dirección sindical peronista presentó estos vetos como una muestra de insensibilidad social del Presidente.
Aun admitiendo que en algún caso concreto la decisión del Presidente pueda estimarse apresurada o fruto de un exceso de celo técnico-jurídico, desde mi punto de vista se trató, en los restantes casos, de decisiones compartibles desde una óptica de progreso en tanto venían a poner freno a un exceso de reivindicaciones cuasi-corporativas que anhelaban crear situaciones sectoriales diferenciadas, sostenidas en la idea de que la justicia social es el resultado de sumar privilegios, aun cuando estos fueran, en todo caso, relativos.
7.- LO LABORAL-ECONÓMICO
Un análisis como el planteado en esta exposición no puede cerrarse sin referencias, bien que parciales y fragmentarias, a aquello que el Gobierno dejó de hacer o plantear siquiera. Sin entrar a considerar la existencia o no de justificaciones a estas omisiones, es evidente que la Política Laboral de la transición adoleció de importantes carencias.
El Gobierno no alcanzó a analizar el SART en lo que a las relaciones individuales de trabajo se refiere, y menos a proponer un curso de acción. Solo en 1986 (etapa "reformista") el Ministro BARRIONUEVO logró poner en marcha dos comisiones de expertos sobresalientes, y que expresaban opiniones políticas y opciones científicas plurales, para analizar la Ley de Contrato de Trabajo y la Ley de Accidentes de Trabajo. Ambas comisiones fueron prontamente congeladas durante el período "restaurador", lo que era congruente con la posición del sindicalismo tradicional en estos dos temas: de reformas, nada; de volver al pasado, todo (en materia de LCT, defendían la versión 1974).
Señalar también que no solo el Gobierno carecía de Ideas sobre esta cuestión. Empresarios y sindicatos parecían moverse a gusto en el reino de la que podríamos denominar "flexibilidad de facto" o "flexibilidad fraudulenta". Las innumerables iniciativas parlamentarias (incluidas las del Diputado de la UCR, Ricardo CORNAGLIA, técnicamente muy bien elaboradas) cuando no la restauración pura y simple, proponían "mas de lo mismo".
Durante cinco años navegamos en tan importante materia (de cuya correcta articulación dependen, también, el crecimiento, la productividad, la competitividad internacional y las condiciones reales de trabajo) entre propuestas "conservadoras" implícitas ("dejémoslo todo como está") y propuestas "social-demagógicas" ("la grandeza de la patria y la felicidad del pueblo dependen solo de la voluntad del legislador").
8.- FINAL
Muy rápidamente concluiría señalando que se avanzó poco. Tanto en el terreno de las ideas y propuestas, como en el terreno de las concreciones.
Poco ha cambiado el SART (el espectáculo es alarmante para quien se anime a compararlo con la evolución de otros sistemas extranjeros, antaño próximos) y lo poco, aunque positivo, ha costado un enorme esfuerzo político.
La falta de ideas unas veces, las desconfianzas recíprocas y la dureza de la crisis otras, sin olvidar la sobre politización de la acción sindical y los bruscos giros del Gobierno, comparten responsabilidades en el actual estado de cosas.
Queda mucho por hacer, en todos los niveles, para delinear y poner en marcha un modelo democrático de relaciones de trabajo al servicio del crecimiento y la equidad social.
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