Decidamos o no emprender la transformación del modelo productivo argentino (creado en los años 30, consolidado en los 40 y con el que convivimos hasta hoy), nuestro país y nuestra provincia deberían cubrir el enorme déficit de legalidad que padecemos.
No me referiré ahora al vicio de incumplir leyes o a la pasión por crear y mantener un segundo orden de reglas truchas. Tampoco a la deficiente interpretación que de las leyes hacen ciertos gobiernos y jueces.
Me propongo abordar hoy los vacíos legales que fomentan actuaciones discrecionales que violan derechos fundamentales. Lo haré reseñando tres casos que afectan al ordenamiento jurídico provincial y municipal.
El primero está protagonizado por la Dirección de Rentas que, amparándose en resoluciones de rango insuficiente dictadas bajo el gobierno anterior, ordena a los Bancos retener de las cuentas de los ciudadanos adelantos del Impuesto a las Actividades Económicas. Una suerte de embargo sin ley y sin intervención judicial.
El segundo vacío afecta al sistema provincial de contrataciones creado por la Ley 6.838, que se dictó en 1995 siguiendo las recomendaciones de un comité de expertos. Desde entonces, la Provincia elude la creación del Tribunal de Contrataciones, órgano de composición mixta, encargado de un primer control de licitaciones y compras.
El tercer vacío normativo elegido para ilustrar mi alusión al déficit de legalidad que padecemos, es el que se verifica en los Municipios pequeños y medianos, en donde unas veces por inexistencia de ordenanzas y otras por la inexistencia de boletines oficiales locales, los vecinos sufren restricciones de derechos elementales.
Mientras se nos presenta la oportunidad de comenzar a construir aquel nuevo modelo productivo, bien podríamos aprovechar el tiempo de nuestros legisladores y concejales (y la cantidad de asesores que tan generosamente contrata el Gobierno) para cubrir estas y todas las lagunas de nuestro ordenamiento jurídico.
(Para FM Arires)
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