LOS OBSTÁCULOS
EN LA NUEVA ETAPA DE LAS RELACIONES LABORALES. LIBERTAD SINDICAL Y
CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA Y DE LA HUELGA. LA INJERENCIA DEL ESTADO.
Panel sobre La
libertad sindical y su relación con las libertades públicas. El derecho a la
“organización libre y democrática” y el derecho de huelga, su relación con la criminalización de la huelga y la protesta
social Armando Caro Figueroa, David Duarte y
Nicolás Tauber. Coordina Vanina
Zamora
Guion para
la intervención de José Armando Caro Figueroa
1. Agradecer la
invitación. Precisar los límites de mi intervención (aspectos más sociológicos,
históricos y propiamente sindicales, que jurídicos. Especial referencia a la
situación de Salta).
2. El derecho a
la protesta como Derecho Fundamental (de trabajadores, desocupados, personas
vulnerables, minorías, organizaciones cívicas)
3. Libertad
sindical y derecho de huelga
a. Titularidad
del derecho de huelga: Monopolio y pluralismo
b. El ámbito de
las huelgas (generales, sectoriales, de empresa, de oficio)
4. Amenazas que
se ciernen sobre la huelga y su efectividad
a. En el mundo
(la reconfiguración de los procesos productivos y del mapa económico mundial; el
tele esquirolaje; la propaganda anti huelga; el papel de usuarios y
consumidores)
b. En la
Argentina (la inflación, la radicalización del conflicto o la recurrente
tentación de la “guerra absoluta”, injerencia gubernamental, autoritarismo
patronal)
c. En Salta (tradiciones
autoritarias, impericia, politización de la justicia, trabajo en negro)
5. La necesidad
de tutelar jurídica, judicial y sindicalmente el derecho de huelga
a. Garantías
del derecho de huelga
b. Control internacional
de convencionalidad
c. La Justicia
d. El Poder
Ejecutivo
e. Los sindicatos
(representatividad, prestigio, comunicación constitucionalidad, estrategias de
tiempo, lugar y modo).
6. El acceso a
una justicia independiente y eficaz en Salta
Vaqueros
(Salta), 23 de mayo de 2017.
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