La publicidad de los actos del Estado integra el contendido esencial de la forma republicana de gobierno.
Nuestra Constitución Provincial, en sintonía con esto, manda que la Administración Pública, sus funcionarios y agentes actúen de acuerdo al principio de publicidad de normas y actos.
Los registros oficiales y, esencialmente, el Boletín Oficial son los instrumentos a través de los cuales se hace realidad este principio.
Aun con la carga de ficción que encierra la presunción de que lo publicado en la gaceta oficial se entiende conocido por todos, la adecuada inserción de leyes, decretos, resoluciones y demás anuncios oficiales en el Boletín es la línea que separa a una democracia transparente de un régimen opaco.
Durante el mandato de don Juan Manuel Urtubey se han registrado algunos avances en esta materia: Mejoró el servicio que el Boletín Oficial brinda a través de su página Web, ampliándose el acceso gratuito a la misma.
Sin embargo los modos de publicar las disposiciones oficiales no se han modificado y arrastran resabios de antiguos tiempos donde la cosa pública era asunto de unos cuantos.
Me refiero, concretamente, a la costumbre de publicar los decretos y resoluciones de un modo parcial e incompleto, apelando al antidemocrático recurso de ocultar los anexos que integran la norma publicada.
Cuando el Gobierno (este y los anteriores) celebra contratos de consultoría, por ejemplo, es imposible conocer sus términos de referencia, los honorarios fijados, la naturaleza de los servicios que se contratan, el plazo de duración de la encomienda, etc.
Por la sencilla razón de que esto figura en un Anexo que no se publica y que quién se interese debe gestionar en las oficinas del Boletín.
Cuando el Gobierno (este y los anteriores) contrata los servicios de personas, suele ocurrir que la parte publicada indica el nombre de uno solo de los contratados y reserva para el Anexo el listado completo, omitiéndose todos los detalles del negocio jurídico celebrado por el Estado.
El argumento de que la publicación de los anexos encarece los costos, debe descartarse de plano por contrario a las garantías republicanas. Sin olvidar que la inserción en la Web tiene un costo irrelevante.
La lectura cotidiana de nuestro Boletín Oficial me ha deparado dos sorpresas: La discrecionalidad con la que el gobierno continúa contratando personas y servicios de todo tipo sin necesidad de concurso alguno. Y, como no, la pasividad de los colegios profesionales frente a esta discrecionalidad cuando se trata de la contratación de colegiados.
(Para FM Aries)
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